domingo, 6 de abril de 2025
lunes, 17 de febrero de 2025
domingo, 22 de diciembre de 2024
lunes, 2 de diciembre de 2024
Nuevo Registro Obligatorio para Empresas Constructoras en 2025 - AGC - GCABA
Nuevo Registro Obligatorio para Empresas Constructoras en 2025
A partir de enero de 2025, será obligatorio que toda empresa, persona jurídica y/o humana que se desempeñe como constructora en obras Medias y Mayores se encuentre inscripta en el nuevo Registro de Empresas Constructoras. Esta medida está establecida en el Reglamento Técnico de Registro de Profesionales y Empresas, RT-020201-010100-02, V03.
La inscripción será completamente online a través del portal web de la Agencia y deberán presentar la siguiente documentación:
- Nombre completo o Razón Social de la Empresa solicitante, sea Persona Humana o Persona Jurídica.
- Dirección de correo electrónico para intercambio de información referida al trámite.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en caso de tratarse de Persona Humana, o del Representante Legal si fuera Persona Jurídica.
- Copia del estatuto Social y del Acta de designación de autoridades, para el caso de Personas Jurídicas.
- Domicilio Real con certificación expedida por la autoridad Policial competente.
- Domicilio constituido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Constancia de inscripción en la AFIP actualizada que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.
- Constancia de inscripción en Ingresos Brutos IIBB actualizada que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.
- Constancia de inscripción en IERIC anual vigente (Instituto de Estadísticas y Registro de la Industria de la Construcción).
- Póliza de la Compañía Aseguradora de Riesgos del Trabajo ART actualizada y vigente que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.
- Constancia de pago anual de la tasa de la matrícula de inscripción en el Registro de Empresas Demoledoras, Excavadoras y/o Constructoras.
- Encomienda Profesional del Profesional Representante Técnico certificada por el respectivo Consejo Profesional.
- Certificado Profesional de matrícula vigente de su respectivo Consejo Profesional, emitido desde el sistema web.
- Formulario de Registro emitido desde el sistema web, firmado por la empresa y el Representante Técnico.
- Formulario de Declaración Jurada completo y suscripto por la Empresa y el Representante Técnico donde se informa poseer los medios técnicos y humanos necesarios para realizar las actividades encomendadas en condiciones de total seguridad y cumplimiento de la normativa vigente.
sábado, 30 de noviembre de 2024
domingo, 24 de noviembre de 2024
CERTIFICADO DE CONSERVACION DE FACHADA - Informe Tecnico - Gestión - Aviso de Obra
el tramite consta
en el Informe Técnico (según Art.5.1.2) del C.E :
5.1.2 Conservación de Fachadas
Se considera fachada al frente de un inmueble y a todo lo lindante con la Línea Oficial, contemplando
ello también todo frente, contrafrente y lateral lindante al espacio público. En los casos de complejos edilicios
donde existen edificios
de perímetro libre y semi libre, se debe considerar fachada al frente, contrafrente y laterales, siempre que el predio donde están implantados sean de acceso público, libre e irrestricto.
El propietario de un inmueble
está obligado a conservar y mantener las mismas en perfecto estado en lo relativo a su uso, seguridad,
higiene y estética.
El aspecto exterior de un inmueble debe conservar en buen estado por renovación
del material, revoque, pintura y mantenimiento de los siguientes elementos, no siendo taxativo el siguiente listado:
1.
Balcones, terrazas y azoteas;
2.
Barandas,
balaustres y barandales;
3.
Ménsulas, cartelas, modillones, cornisas, saledizos, cariátides, atlantes, pináculos,
crestería, artesonados y todo tipo de ornamento sobrepuesto, aplicado o en voladizo;
4. Soportales de cualquier tipo, marquesinas y toldos;
5. Antepechos, muretes, pretiles,
cargas perimetrales de azoteas y terrazas;
6.
Carteles, letreros y
maceteros;
7.
Jaharros, enlucidos, revestimientos de mármol,
paneles premoldeados, azulejos, mayólicas,
cerámicos, maderas, chapas metálicas y todo otro tipo de revestimientos existentes utilizados
en la construcción;
8.
Cerramientos con armazones y vidrios planos,
lisos u ondulados, simples o de seguridad (laminados, armados o templados), moldeados y de bloques;
9.
Conductos e instalaciones;
10. Soporte de
antenas y antenas;
sábado, 23 de noviembre de 2024
martes, 3 de septiembre de 2024
lunes, 4 de marzo de 2024
martes, 5 de septiembre de 2023
miércoles, 8 de marzo de 2023
lunes, 5 de diciembre de 2022
lunes, 17 de octubre de 2022
jueves, 16 de junio de 2022
Ley 6478 - Régimen Especial de Regularización de Construcciones y Obras - VIGENTE
Realizamos Tramites bajo la Ley 6478
Ley 6478 - Descargar
Reglamento Tecnico V1 - Descargar
Actualizado 16/06/2022
miércoles, 27 de abril de 2022
sábado, 12 de marzo de 2022
domingo, 16 de enero de 2022
lunes, 3 de enero de 2022
lunes, 27 de diciembre de 2021
jueves, 4 de noviembre de 2021
[CABA] CODIGO DE EDIFICACION VIGENTE A PARTIR DEL 11/11/2021
Texto ordenado según Ley 6.100 y modificatoria Ley 6.438