lunes, 2 de diciembre de 2024

Nuevo Registro Obligatorio para Empresas Constructoras en 2025 - AGC - GCABA

 


Nuevo Registro Obligatorio para Empresas Constructoras en 2025


A partir de enero de 2025, será obligatorio que toda empresa, persona jurídica y/o humana que se desempeñe como constructora en obras Medias y Mayores se encuentre inscripta en el nuevo Registro de Empresas Constructoras. Esta medida está establecida en el Reglamento Técnico de Registro de Profesionales y Empresas, RT-020201-010100-02, V03.


La inscripción será completamente online a través del portal web de la Agencia y deberán presentar la siguiente documentación:

- Nombre completo o Razón Social de la Empresa solicitante, sea Persona Humana o Persona Jurídica.

- Dirección de correo electrónico para intercambio de información referida al trámite.

- Documento Nacional de Identidad (DNI) en caso de tratarse de Persona Humana, o del Representante Legal si fuera Persona Jurídica.

- Copia del estatuto Social y del Acta de designación de autoridades, para el caso de Personas Jurídicas.

- Domicilio Real con certificación expedida por la autoridad Policial competente.

- Domicilio constituido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

- Constancia de inscripción en la AFIP actualizada que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.

- Constancia de inscripción en Ingresos Brutos IIBB actualizada que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.

- Constancia de inscripción en IERIC anual vigente (Instituto de Estadísticas y Registro de la Industria de la Construcción).

- Póliza de la Compañía Aseguradora de Riesgos del Trabajo ART actualizada y vigente que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.

- Constancia de pago anual de la tasa de la matrícula de inscripción en el Registro de Empresas Demoledoras, Excavadoras y/o Constructoras.

- Encomienda Profesional del Profesional Representante Técnico certificada por el respectivo Consejo Profesional.

- Certificado Profesional de matrícula vigente de su respectivo Consejo Profesional, emitido desde el sistema web.

- Formulario de Registro emitido desde el sistema web, firmado por la empresa y el Representante Técnico.

- Formulario de Declaración Jurada completo y suscripto por la Empresa y el Representante Técnico donde se informa poseer los medios técnicos y humanos necesarios para realizar las actividades encomendadas en condiciones de total seguridad y cumplimiento de la normativa vigente.

domingo, 24 de noviembre de 2024

Estamos en NOMADA PALERMO - Gestion Municipal y Asesoramiento en Obra
















CERTIFICADO DE CONSERVACION DE FACHADA - Informe Tecnico - Gestión - Aviso de Obra


 

el tramite consta en el Informe Técnico (según Art.5.1.2) del C.E :

5.1.2 Conservación de Fachadas

Se considera fachada al frente de un inmueble y a todo lo lindante con la Línea Oficial, contemplando ello también todo frente, contrafrente y lateral lindante al espacio público. En los casos de complejos edilicios donde existen edificios de perímetro libre y semi libre, se debe considerar fachada al frente, contrafrente y laterales, siempre que el predio donde están implantados sean de acceso público, libre e irrestricto.

 

El propietario de un inmueble es obligado a conservar y mantener las mismas en perfecto estado en lo relativo a su uso, seguridad, higiene y estética.

 

El aspecto exterior de un inmueble debe conservar en buen estado por renovación del material, revoque, pintura y mantenimiento de los siguientes elementos, no siendo taxativo el siguiente listado:

 

1.       Balcones, terrazas y azoteas;

2.       Barandas, balaustres y barandales;

3.        Ménsulas, cartelas, modillones, cornisas, saledizos, cariátides, atlantes, pináculos, crestería, artesonados y todo tipo de ornamento sobrepuesto, aplicado o en voladizo;

4.       Soportales de cualquier tipo, marquesinas y toldos;

5.       Antepechos, muretes, pretiles, cargas perimetrales de azoteas y terrazas;

6.     Carteles, letreros y maceteros;

7.        Jaharros, enlucidos, revestimientos de mármol, paneles premoldeados, azulejos, mayólicas, cerámicos, maderas, chapas metálicas y todo otro tipo de revestimientos existentes utilizados en la construcción;

8.        Cerramientos con armazones y vidrios planos, lisos u ondulados, simples o de seguridad (laminados, armados o templados), moldeados y de bloques;

9.     Conductos e instalaciones;

10.  Soporte de antenas y antenas;